
Cómo comprar un coche de segunda mano: qué comprobar antes de pagar
Riesgo cero no existe, pero se puede reducir mucho si compruebas cinco cosas antes de pagar: quién te vende, que el coche es el que dice el papel, qué cuenta su historial, cómo está de verdad y qué queda por escrito.
Por Quero Coches · Publicado el · Actualizado el
Esta guía va en ese orden. Al final, dos temas que vienen después de la compra: la garantía y la transferencia, con un enlace a la guía de transferencia e impuestos para quien necesite más detalle.
Primero: ¿a quién le compras?
La diferencia entre comprar a un profesional y a un particular no es solo el precio. Cambian la garantía, los impuestos y los papeles.
| A un concesionario o profesional (comprando como consumidor) | A un particular | |
|---|---|---|
| Garantía | Se aplica la garantía legal de consumo: 3 años desde la entrega por defecto; en un coche usado puede pactarse un plazo menor, nunca inferior a 1 año | La garantía legal de consumo no se aplica a las compras entre particulares |
| Impuestos | La venta tributa por IVA, que ya va dentro del precio. En muchos usados se aplica el régimen especial de bienes usados y la factura no desglosa el IVA. No se paga ITP | El comprador paga el ITP: en Cataluña, el 5 % con carácter general y el 0 % si el coche tiene el distintivo de 0 emisiones |
| Documento | Factura | Contrato firmado por las dos partes |
| Transferencia | El comprador tiene 30 días para solicitarla. Pregunta quién la gestiona y cuándo | El comprador tiene 30 días para solicitarla y se encarga de reunir los papeles |
Los detalles de impuestos y trámites están en la guía de transferencia.
Paso 1. Comprueba que el coche es el que dice el papel
Antes de hablar de precio, mira la documentación y compárala con el coche:
- Permiso de circulación a nombre de quien vende. Si vende un particular y no es el titular, para y pregunta por qué.
- Matrícula y número de bastidor (VIN) del permiso y de la ficha técnica: tienen que coincidir con los del propio coche.
- ITV en vigor. Tras la transferencia, la DGT expide un nuevo permiso de circulación que solo es válido si el coche tiene la ITV en vigor.
Si algo no cuadra, no sigas hasta que lo aclaren por escrito.
Paso 2. El informe de la DGT: qué muestra y cómo pedirlo
El informe de vehículo de la DGT te dice cosas que el vendedor no siempre cuenta. Hay uno reducido y gratuito, y otro completo, de pago.
El reducido indica la fecha de primera matriculación y si hay alguna incidencia que impediría la transferencia o la circulación. El completo añade, entre otros datos, el titular, el historial de ITV, el kilometraje, el número de titulares y las cargas que pesan sobre el vehículo (por ejemplo, embargos o reserva de dominio). Consulta la tasa actualizada en la sede de la DGT.
En Quero Coches comprobamos el informe de la DGT del coche y se lo entregamos al comprador. Si compras en otro sitio, pídelo siempre y revisa que sea reciente.
Una precisión útil: el historial de ITV sirve para contrastar los kilómetros, no para garantizarlos.
Paso 3. Cómo comprobar los kilómetros reales
No hay un método infalible para detectar un cuentakilómetros manipulado, pero hay señales que se pueden cruzar:
- Los kilómetros anotados en las ITV, con su fecha, deben formar una progresión lógica.
- Las facturas de mantenimiento y el libro de revisiones, si existen, deben coincidir en kilómetros y fechas.
- El desgaste de volante, pedales, asientos y mandos debe ser coherente con la cifra del cuentakilómetros.
Si un coche con pocos kilómetros tiene un interior muy gastado, o los números de las ITV dan saltos extraños, pide una explicación documentada.
Paso 4. Mira cómo está de verdad: revisión y prueba
Con el coche delante, ve con calma. Una lista corta que funciona:
| Qué | Qué mirar |
|---|---|
| Carrocería | Diferencias de tono entre paneles, huecos desiguales, restos de pintura en gomas: pueden indicar reparaciones |
| Neumáticos | Desgaste desigual: puede apuntar a problemas de alineación o suspensión |
| Bajo el capó | Manchas de aceite u otros líquidos, piezas rotas |
| Arranque en frío | Humos extraños, ruidos, testigos que no se apagan |
| Interior | Mandos, pantallas, cierres, aire acondicionado y calefacción |
| Prueba de conducción | Que sea de verdad: ciudad y vía rápida, frenada, cambio de marchas, ruidos en curvas y baches |
Si puedes, que lo vea un mecánico de confianza. Es razonable pedirlo, y si el vendedor pone muchas pegas, tómalo como una señal más para valorar.
Paso 5. Que todo quede por escrito
Sea cual sea el vendedor, exige un documento:
- Si compras a un profesional, una factura con los datos del vehículo, el precio y las condiciones. La DGT acepta la factura del empresario como justificante en la transferencia.
- Si compras a un particular, un contrato firmado en todas sus hojas por las dos partes. La DGT aconseja indicar la hora exacta de la entrega y quedarse con una copia del DNI del vendedor.
Revisa que figuren los datos de las dos partes, la matrícula y el bastidor, los kilómetros en el momento de la entrega, el precio y la forma de pago. Guarda el justificante de cualquier pago.
Paso 6. Entiende la garantía
Si compras a un profesional como consumidor, la ley te protege con una garantía legal: el vendedor responde de las faltas de conformidad que existan en la entrega y se manifiesten en los 3 años siguientes. En un coche de segunda mano se puede pactar un plazo menor, que no puede ser inferior a 1 año desde la entrega.
En Quero Coches, el plazo de garantía legal de nuestros coches es de 1 año desde la entrega, pactado con el comprador como permite la ley para los coches de segunda mano, y lo gestionamos nosotros directamente. Sea con nosotros o con cualquier otro vendedor, comprueba que el plazo pactado conste por escrito en la documentación de la compra.
Paso 7. La transferencia, sin dejarla para luego
Una vez comprado, el cambio de titularidad no se puede aplazar: la DGT da al comprador un máximo de 30 días desde la firma del contrato. Para hacerlo, el coche tiene que estar dado de alta, libre de cargas y embargos, con las sanciones pagadas y con el impuesto de circulación del año anterior abonado.
Mientras el cambio no se hace o el vendedor no notifica la venta, las multas y otros avisos pueden seguir llegándole a él. Los pasos, los documentos y los impuestos están en la guía de transferencia.
Señales de alerta
Conviene parar y pensar si ocurre alguna de estas:
- El vendedor tiene prisa o no te deja revisar el coche con calma.
- Falta documentación, o se niega a que veas el informe de la DGT.
- El precio está muy por debajo del de coches comparables y nadie lo explica.
- No quiere dejar nada por escrito.
- Los kilómetros no cuadran con el desgaste ni con el historial de ITV.
Lista de comprobación antes de pagar
- El titular del permiso es quien vende
- Matrícula y bastidor coinciden con los papeles
- ITV en vigor
- Informe de la DGT reciente, sin cargas
- Kilómetros e historial coherentes
- Prueba de conducción hecha y, si es posible, revisión independiente
- Factura o contrato con todos los datos
- Condiciones de garantía por escrito (si compras a un profesional)
- Claro quién hace la transferencia y cuándo
Cómo trabajamos en Quero Coches
Somos un concesionario de coches de segunda mano en El Prat de Llobregat, en Carretera Ca l'Alaio, 3, dentro del complejo Mundiauto. Te contamos paso a paso cómo es comprar un coche con nosotros. Puedes ver los coches disponibles en nuestro stock y consultarnos por el informe de la DGT y la garantía de cualquiera de ellos. Si prefieres hablar antes, llámanos al +34 640 12 21 35 (lunes a viernes 10–14 h y 16–20 h · sábado y domingo cerrado). Cómo llegar, en dónde estamos.
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Ver coches disponiblesFuentes oficiales consultadas
Comprobadas el . Normas, importes y plazos pueden cambiar: consulta siempre la fuente oficial.
- BOE · Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), arts. 120 y 121, redacción vigente desde el 1-1-2022
- DGT · Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo
- DGT · Informe de un vehículo
- Agència Tributària de Catalunya · Compraventa de un vehículo usado (modelo 620)
- BOE · Texto refundido del ITPAJD, art. 7.5 (operaciones de empresarios sujetas a IVA)
- Agencia Tributaria · Régimen especial de bienes usados: facturación


